La ciudad como derecho

Julio 2023

El derecho a la ciudad justa y resiliente

«Dada la crisis climática actual resulta importante pensar qué tipo de asentamiento humano queremos y/o necesitamos para enfrentar este problema»

Revista PLANEO N°56 | La ciudad como derecho | Julio 2023


[Por: José Miguel Fuentes Zuleta. Sociólogo por la Universidad Diego Portales, Estudiante del Magíster en Asentamientos Humanos y Medio Ambiente de la Pontificia Universidad Católica de Chile]

Im. de portada. Cerro Santa Lucía. Fuente: Santiago Adicto (2018)
Im. de portada. Cerro Santa Lucía. Fuente: Santiago Adicto (2018)

Resumen:

Actualmente, la ciudad sufre una serie de problemas causados por la desigualdad, la sobrepoblación, la segregación, el cambio climático, entre otros. Estos problemas nos hacen pensar en que es necesario transformar la ciudad hacia una que sea más justa y contemple los derechos de sus habitantes; que considere la participación ciudadana y que el Estado tenga un real compromiso con este proceso y que sea un proyecto-ciudad con resiliencia socio-ecológica. Para lograr esta transformación es necesario primer preguntarnos cómo, para quién y qué ciudad queremos construir, especialmente considerando los desafíos globales que implica el Capitaloceno[1] y sus consecuencias en el medio ambiente

Palabras clave: Derecho a la ciudad, ciudad justa, resiliencia.

¿Hacia una nueva ciudad?

Debido a la situación por la que pasa el mundo en el siglo XXI, a saber, mayor frecuencia e intensidad de eventos naturales asociados a la crisis climática y los problemas sociales propios del modelo capitalista, han surgido agendas que plantean formas de adaptarse y enfrentar estos problemas propios del presente siglo.

Desde la conferencia de Estocolmo de 1972 hasta el Acuerdo de Paris de 2015, se ha levantado un discurso que señala la urgencia y necesidad de cambiar el modelo de producción y consumo insostenible que existe actualmente, el cual destruye el hábitat natural, agota los recursos y genera desigualdades. Sin embargo, en un periodo de casi cincuenta años no ha habido mejoras sustantivas respecto al cambio climático. La temperatura sigue en aumento y los gobiernos, incluidos el chileno, no se han atrevido a tomar medidas drásticas para mitigar el cambio climático. Los cambios estructurales han estado enfocados principalmente en el transporte y la energía, pero no en los sistemas económicos ni tampoco en los modelos de producción y consumo, que son las causas de base de la crisis.

En estas agendas se plantean objetivos enmarcados principalmente en una sustentabilidad débil o superficial; es decir, que busca combatir la contaminación y el agotamiento de los recursos, “pero no se hace cargo de las causas políticas, sociales, económicas y culturales de la crisis ambiental (Elizalde, 2009, p. 58). Si bien estos objetivos son importantes para lograr una ciudad más resiliente con la crisis climática, no representan un cambio real en el modelo imperante que ya ha demostrado que es insostenible con el medio ambiente. Resulta complicado enfrentar problemas como la sequía y las inundaciones mientras se sigan incentivando actividades productivas que consumen grandes litros de agua o mientras se siga construyendo en las riberas de ríos o cerca de humedales.

El derecho a la ciudad justa como respuesta al capitaloceno

A partir de estos problemas, propongo que una forma de lograr esta transformación de la sociedad es mediante el derecho a la ciudad justa.

El derecho a la ciudad y la ciudad justa son dos conceptos distintos, pero que lejos de divergir, convergen (Conolly y Stein, 2009). Como propuso Lefebvre (1969) hace ya poco más de medio siglo, el derecho a la ciudad no es simplemente el derecho a lo que ya está, a la ciudad tradicional, sino el derecho a una ciudad renovada. Respecto a la ciudad justa, este concepto acuñado por Susan Fainstein (2013) remarca la importancia de la justicia social en la planificación de las ciudades.

Prefiero hablar de derecho a la ciudad justa en lugar de ciudad justa a secas, entendiendo que se incorporan los principios del derecho a la ciudad en la búsqueda de esta nueva ciudad, poniendo énfasis en que la transformación urbana juega un rol central en la lucha por redefinir derechos y libertades y reconfigurar los procesos sociales que ocurren en la ciudad.

La inequidad y la injusticia social –que son dos aspectos por los que lucha la ciudad justa—, y la crisis climática están intrínsecamente relacionados, ya que ambos tienen un impacto significativo en la vida de las personas y en la sostenibilidad de las ciudades. Por un lado, el cambio climático no afecta a todos por igual, sino que afecta de manera desproporcionada a los grupos más vulnerables de la sociedad. Por otro lado, la ciudad justa plantea un enfoque basado en los derechos humanos, poniendo sobre la mesa, en este caso, la justicia climática como un elemento fundamental a considerar en la planificación de la ciudad.

El derecho a la ciudad justa promueve la equidad, la participación ciudadana y el acceso a servicios básicos, mientras que el cambio climático exige la adopción de medidas para reducir las emisiones, adaptarse a los impactos y proteger a los grupos más vulnerables. Ambos conceptos convergen en la construcción de un futuro urbano más sostenible y habitable.

¿Podrán sobrevivir nuestras ciudades?

El célebre geógrafo catalán Jordi Borja abrió la pregunta sobre si “¿La ciudad puede ser el medio de la transformación política y en consecuencia la socio-económica, cultural y ambiental?” (2019, p.57). A partir de lo plasmado en este escrito la respuesta podría ser afirmativa o negativa, dependiendo completamente de qué tipo de ciudad y bajo que modelo la queremos construir.

La ciudad no sólo depende de los planificadores urbanos, sino que depende de la cooperación de diversos actores económicos políticos y sociales. A fin de cuentas, es el urbanismo el que determina las condiciones de vida de la ciudadanía y como tal debiese incorporar a todos los actores relevantes. Se necesita no solo un Estado o municipio comprometido con el cambio, sino también a la comunidad que habita en el territorio.

Se necesita una planificación que tenga en consideración que los procesos sociales, económicos, tecnológicos y culturales son globales, pero que la ciudad es local y como tal tiene sus propias especificidades políticas, jurídicas, culturales, ambientales y sociales. “Pensar global, actuar local” como reza la proclama.

Se necesita una ciudad sostenible y resiliente que vaya más allá del capitalismo verde y de las soluciones antropocénicas. La esencia de la nueva ciudad, por un lado, será su capacidad de adaptación al sistema socio-ecológico ante las nuevas situaciones propias de la crisis ambiental actual; su capacidad de poder adaptarse al riesgo, aprender de su historia y estar más preparados ante futuros escenarios de desastres; y su capacidad de estar estrechamente imbricada con su territorio, buscando el equilibrio territorial entre la ciudad y la naturaleza.

Referencias bibliográficas

Borja, J. (2019). Ciudadanía, derecho a la ciudad y clases sociales. O la Democracia versus el Derecho. Derecho a la ciudad, una evocación de las transformaciones urbanas en América Latina, 25-59.

Conolly, J. y Steil, J. (2009). Introduction. Finding justice in the city en P. Marcuse, Connolly, J., Novy, J., Olivo, I., Potter, C. & Steiil, J. (ed) Searching for the Just City. Debates in urban theory and practices. Routledge.

Elizalde, A. (2009). ¿Qué desarrollo puede llamarse sostenible en el siglo XXI?: la cuestión de los límites y las necesidades humanas. Revista de educación.

Fainstein, S. (2013). Planificación, justicia y ciudad/Planning, justice and the city. Urban, (06), 7-20.

Lefebvre, H. (1969). El derecho a la ciudad. Península.

Torunczyk, D. (2019). Anthropocene or Capitalocene? Nature, History and the Crisis of Capitalism. Utopía y Praxis Latinoamericana, 24 (84), 125-129

 


[1] Escojo el concepto de Capitaloceno en lugar de Antropoceno para referirme a este periodo socioambiental; ya que, como señala Jason Moore, el Antropoceno refiere más bien a un proceso geológico, no sociohistórico, por lo que no permite explicar las múltiples relaciones sociales e históricas que nos han llevado a la crisis planetaria actual (Torunczyk, 2019). De esta manera, al hablar de Capitaloceno, se excluye la idea de que la actual crisis es un problema exclusivamente tecno-político para, en cambio, establecer que la acumulación de capital y la racionalidad capitalista son los causantes de la crisis, no la actividad humana per se.