Revista Planeo Nº 39 Ciudad Animal, Marzo 2019
[Por: Luis Campos Medina, Doctor en Sociología. Académico del Instituto de la Vivienda de la Universidad de Chile]
Resumen
Tanto la Ley nº21.020 como otros textos publicados en plazas y parques de la ciudad de Santiago sugieren un impulso por componer un nuevo vínculo entre mascotas y seres humanos. Este nuevo vínculo consistiría, fundamentalmente, en que los seres humanos, propietarios de las mascotas se hagan responsables, individualmente, por los comportamientos y efectos generados por sus mascotas. Los textos parecen tener un rol importante en conseguirlo, por lo que analizar algunos ejemplos puede arrojar pistas interesantes al respecto.
Palabras claves: Mascotas, humanos, responsabilidad.
Echando un vistazo a la Ley nº21.020 (http://bcn.cl/21jtr), conocida como ley de “Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía”, tuve la sensación de que ella posee una dimensión pragmática profunda, en el sentido de buscar provocar un cambio en el actuar cotidiano de los ciudadanos: el problema de fondo es que, en Chile, la gente no se hace cargo de sus mascotas, no se hace responsable de y por ellas. En la práctica, lo anterior se traduce en más o menos dos cosas: primero, en hacer frente al problema del abandono de mascotas y, segundo, en abordar el problema de la gestión de sus efectos “desagradables”, léase excrementos, parásitos, potenciales agresiones, etc.
Pareciera ser que el subtexto de la ley es que los animales, hasta ahora, han sido considerados como accesorios, herramientas, instrumentos, juguetes o pasatiempos de uso circunstancial y cuidado transitorio, y no como seres dependientes de la acción y cuidados humanos. Eso, de acuerdo a la ley, debiera cambiar: los individuos humanos y las mascotas en ciudad requieren de un nuevo vínculo o, al menos, de la re-composición del vínculo existente. Pero ese vínculo debe ser producido y, para ello, no basta sólo con el texto de la ley, sino que se necesita de otro tipo de textos que generen efectos en la práctica cotidiana de las y los habitantes de la ciudad.
En el caso de Santiago, y particularmente de los perros, un paseo por las plazas públicas de algunos sectores de la capital hace posible encontrar letreros con textos que van en esa dirección. Es el caso de un letrero instalado en la plaza La Comarca, una de las 24 plazas y parques de la comuna de Las Condes habilitadas con “zonas caninas”, esto es, como se indica en el sitio web de ese Municipio (https://www.lascondes.cl/las-condes-verde/parques-jardines/zonas-caninas-instructivo.html) con espacios delimitados “para que los perros puedan correr sin correa, conocer, jugar y socializar con otros perros, son lugares de esparcimiento y ocio, aumentar el vínculo humano-animal, enriqueciendo ambientalmente los espacios con juegos de Agility”[1].
En el mencionado letrero se lee: “Disfruta con tu mascota en el nuevo sector canino. Tú. Hazte cargo”. La primera parte del texto está en la mitad superior del letrero, escrita en letras blancas y fondo verde. La segunda parte se encuentra en la mitad inferior, en letras verdes sobre fondo blanco y entre “Tú” y “Hazte cargo” hay un dibujo de un perro en el mismo color de las letras. El pronombre personal se encuentra destacado, escrito en letras de mayor tamaño y encerrado en un recuadro que lo realza en la composición global.
Como queda en evidencia con el uso de la segunda persona del singular, el texto está dirigido a un individuo particular, un “tú” que puede ser cualquiera de los usuarios/as de la plaza, pero que a través de ese direccionamiento en la escritura se especifica y se singulariza (Campos, 2014; Fraenkel, 2007). No se trata, como en otros textos, de referir a un “nosotros” o de utilizar una forma impersonal del tipo “se debe prestar atención”. Además, como suele ser el caso con la señalética, el texto está escrito en el modo imperativo, lo que lo convierte en una orden, pero que, en este caso, tutea al destinatario de esa orden, generando una sensación de simetría y proximidad.
Esto se ve reforzado a nivel del manual de conducta en estos “espacios caninos” disponible en internet (https://www.lascondes.cl/las-condes-verde/parques-jardines/zonas-caninas-instructivo.html) y compuesto por un conjunto de 13 indicaciones, que dicen relación con el comportamiento esperado de los individuos responsables y en los que se repite el uso de la segunda persona del singular y este direccionamiento simétrico y próximo, como por ejemplo, la norma nº2, en la que se refuerza el aspecto criterioso de las y los humanos responsables de perros, incluso en lo relativo a sus estados de ánimo (“Antes de ingresar a un espacio canino visualiza la dinámica de él, cantidad de mascotas y como se encuentran para poder elegir si ese espacio es el más adecuado para ti y tu perro. si tu animal está muy ansioso de entran se recomienda bajar esa ansiedad dando un paseo antes de ingresar”); o la norma nº5, que indica que el humano usuario del espacio es quien debe asegurarse de los comportamientos de su perro (“Asegúrate de que tu perro constantemente responda a las órdenes de obediencia básica como ven, siéntate, quédate quieto y déjalo. Esto te ayudará a controlarlo en una situación potencialmente peligrosa”); o la norma nº12 que enfatiza el tipo de acción que debe realizar el o la cuidadora en relación con los excrementos del perro (“Recoge sus fecas, debes mantener limpio y aseado el lugar”).
Estas características textuales hacen del letrero y del manual de conducta comentados -y de otros similares- piezas dignas de atención y reflexión en cuanto a su vocación pragmática: conseguir, a través de su presencia y reiteración, que las y los usuarios de las plazas se hagan cargo de sus mascotas, buscando activar su conciencia respecto de la responsabilidad que les compete en su aparición en el espacio público, su circulación en la ciudad y su relación con otros animales humanos y no humanos. Se trata, en definitiva, de construir un vínculo individual en la relación con los animales no humanos porque ellos no se cuidan solos y no pueden responder por sus actos: eso le corresponde a su cuidador o propietario, un individuo responsable de ellos y que se debe hacer responsable por las consecuencias de sus actos. Ya no se trata del perro de la familia o del barrio o de algo así como un “otro generalizado”, sin forma y que suele convertirse en un “nadie se hace cargo” y una excusa para el descuido y el abandono. No. Se trata de que cada persona que decida ser propietario/a de una mascota, se haga cargo de ella. Pero eso requiere de persistencia y sistematicidad, porque modificar las prácticas no es cosa de un día, ni de un texto.
Referencias
Campos, L. (2014). “Espero tu ayuda” o el proceso de reconstrucción de Valparaíso desde la perspectiva de un habitante”. Territorio FAU n°1, 21-25.
Fraenkel, B. (2007). Actes d’écriture: quand écrire c’est faire. Langage et Société n°121-22, 101-112.
[1] En otra sección del mismo sitio se lee un texto similar, pero con algunas variantes dignas de atención pero que van en un foco diferente al propuesto para esta columna: “los perros pueden correr sin correa, jugar libremente, sociabilizando entre ellos, sin molestar a niños o adultos que sólo disfrutan del parque o plaza. Cuentan con unos novedosos bebederos que se activan con la lengua de las mascotas. Este verano se integraron juegos de agility”.